viernes, 6 de marzo de 2009

Ley de Sociedades Comerciales de la República Dominicana

El poder ejecutivo promulgó el pasado 11 de diciembre de 2008 la Ley General de las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada No. 479-08. La nueva ley modernizará la forma de hacer negocios en la República Dominicana, al situar al país a la par con las estructuras y normas societarias mundiales.

La novedad más importante de la nueva ley consiste en la inclusión de dos nuevas estructuras corporativas: la sociedad de responsabilidad limitada (SRL) y la empresa individual de responsabilidad limitada (EIRL), cuyas características principales se describen a continuación.

Sociedades de responsabilidad limitada:

1- Estructura basada principalmente en las actuales “Sociétés à responsabilité limitée” francesas, con algunos rasgos comunes a sus homólogas españolas y a las LLC de los Estados Unidos.
2- La administración está a cargo de uno o más gerentes.
3- Se forman con un mínimo de dos accionistas y un máximo de 50.
4- Tendrán un capital social autorizado mínimo de RD$100,000 pesos.
5- El capital social deberá ser enteramente suscrito y pagado al momento de su constitución y depositado en una entidad de intermediación financiera, de manera previa a su matriculación en el Registro Mercantil.
6-Las cuotas sociales, en principio, no pueden ser cedidas libremente
7- La responsabilidad de los socios está limitada al monto de sus aportes a la sociedad.

Empresa Individual de responsabilidad limitada:

1-Una sola persona es propietaria de la empresa
2-Sólo las personas físicas pueden ser los únicos dueños; les está prohibido a las personas morales.
3- La responsabilidad del propietario está limitada al monto de sus aportes a la empresa
4-No deben mantener un capital social mínimo.
5-La administración está a cargo de un gerente o del mismo propietario, si este desea asumir dichas funciones.
6-Forma societaria ideal para negocios de único dueño.

Las Sociedades Anónimas, que hasta ahora representan a más del 99% de las sociedades comerciales matriculadas en la República Dominicana, han sido fortalecidas para ser utilizadas como instrumento societario ideal para las grandes empresas.
Entre otras novedades, podemos mencionar la reglamentación de las sociedades de suscripción pública, que crea un hito importante en el desarrollo del mercado de capitales en la República Dominicana. La nueva ley entrará en vigencia en Junio 19 de 2009.

Datos bibliograficos
Articulo publicado en la pagina web de la oficina de abogados Guzman Ariza Abogados Notarios.

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